En algunas ocasiones, cuando se hace una exportación de mercancías y se ha realizado el transporte internacional ya sea marítimo o aéreo pueden suceder inconvenientes que hagan que se tenga que reexportar o repatriar la mercancía. en ese caso, si es por un impedimento aduanero en destino, se deberán liquidar las multas y gastos pertinentes que se originen en ese país para poder proceder al trámite completo. para poder transportar internacionalmente la mercancía y devolverla a su origen u otro destino que se considere se deberá:
Dar conocimiento al transitario y a la naviera que se quiere un nuevo contrato de transporte respecto a la mercancía o carga referenciada, estando todavía pendiente de concluir sus obligaciones para con el contrato de transporte original.
Devolución del juego completo de BL originales.
Un escrito del exportador solicitando a la naviera y al transitario la exportación al nuevo Puerto de Descarga, indicando expresamente la aceptación de todos los gastos relacionados con el nuevo servicio.
Liquidación de todos los gastos de Importación pendientes en el puerto en el que se encuentre la mercancía después del transporte marítimo o aéreo internacional.
El flete del nuevo servicio debe ser pagadero en origen (pre-paid).
Escrito del nuevo destinatario o consignee en el nuevo Puerto de Descarga confirmando su aceptación del embarque y aceptación de gastos que puedan derivarse.
Para poder proceder a transportar nuevamente la mercancía se verificará con las autoridades aduaneras del nuevo puerto de descarga la viabilidad de la re-exportación de la partida de referencia.
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